Plantilla para abogados concursalistas

Modelo de demanda Segunda Oportunidad

Estructura y contenido obligatorio de la demanda de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), actualizada tras la reforma del TRLC por la Ley 16/2022.

  • Conforme al TRLC reformado
  • EPI directa o con plan
  • Editable Word + PDF
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Estructura del escrito

Las 8 secciones obligatorias de la demanda EPI

Sigue este orden para que el juzgado admita la demanda sin requerimientos de subsanación.

1

Encabezamiento

Juzgado de lo Mercantil competente del domicilio del deudor (art. 567 TRLC). Identificación del procurador y abogado.

2

Hechos

Identificación del deudor, situación personal y familiar, origen del sobreendeudamiento, cronología de la insolvencia y buena fe.

3

Inventario de bienes y derechos

Relación de activos con valoración. Indica vivienda habitual si se solicita su preservación (art. 489.1.5º TRLC).

4

Lista de acreedores

Identificación, importe, fecha de vencimiento, naturaleza (privilegio, ordinario, subordinado) y si hay garantía.

5

Memoria económica

Causas de la insolvencia, ingresos actuales, gastos imprescindibles y propuesta de plan de pagos o solicitud de EPI directa.

6

Acreditación de buena fe

Justificantes de que no concurren las exclusiones del art. 487 TRLC (condenas, fraude, sanciones).

7

Suplico

Petición concreta: declaración de concurso consecutivo y exoneración del pasivo insatisfecho (directa o vía plan de pagos).

8

Documentos acompañados

DNI, vida laboral, declaraciones de IRPF, certificados de deudas, escrituras de bienes y nota simple del Registro.

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Marco legal

Artículos del TRLC aplicables

Referencias normativas que debes citar en el suplico y en la memoria económica.

Art. 486 y ss. TRLC

Exoneración del pasivo insatisfecho. Régimen general y modalidades (directa o con plan).

Art. 487 TRLC

Requisitos de buena fe del deudor. Causas tasadas de exclusión.

Art. 495 TRLC

Deudas exonerables y excepciones. Créditos públicos parcialmente exonerables hasta 10.000 €.

Art. 497 bis TRLC

Plan de pagos a 3 o 5 años con renta disponible del deudor.

Esta página recoge un modelo orientativo. La demanda debe adaptarse al caso concreto y revisarse por abogado colegiado.