Cancela legalmente tus deudas con el banco
Préstamos, tarjetas, microcréditos, descubiertos e incluso hipotecas. La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar judicialmente deudas con bancos y financieras mediante una resolución firme.
- Sin compromiso
- Pago aplazado
- Resolución judicial vinculante
- Cancelación de ASNEF
Qué deudas bancarias puedes cancelar
Prácticamente cualquier deuda financiera con personalidad jurídica reconocida. La EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) es vinculante para todos los acreedores notificados en el procedimiento.
Préstamos personales
Préstamos al consumo, ICO, reunificaciones, microcréditos online.
Tarjetas y revolving
Wizink, Cetelem, Cofidis, Citibank y similares. Incluye intereses.
Descubiertos y avales
Saldos negativos, líneas de crédito, avales personales firmados.
Hipotecas
Diferencia entre valor del inmueble y deuda pendiente tras venta.
Préstamos coche
Financiación de concesionario, leasing, renting personal.
Deudas con financieras filiales
Santander Consumer, BBVA Consumer, Caixabank Consumer Finance.
Cómo funciona el procedimiento
Diagnóstico gratuito
Analizamos tu situación, deudas y bienes para confirmar viabilidad.
Preparación de la demanda
Recopilamos documentación económica e informe de masa pasiva (deudas) y activa (bienes).
Presentación en el juzgado
Concurso de persona física ante el Juzgado de lo Mercantil. Tu abogado te representa.
Auto de exoneración (EPI)
El juez dicta la cancelación. Tras 5 años llega la BEPI definitiva. Adiós a tus deudas.
Coste y plazos
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Diagnóstico | Gratuito y sin compromiso |
| Honorarios de abogado | Entre 1.500 € y 4.500 € (pago aplazado disponible) |
| Tasas judiciales (persona física) | Exentas |
| Duración media del procedimiento | 4 a 12 meses hasta EPI provisional |
| Hasta BEPI definitiva | 5 años desde EPI |
| Baja en ASNEF/BADEXCUG/RAI | Inmediata con testimonio judicial |
Lo que ganas al cancelar tus deudas bancarias
Fin del acoso telefónico
El banco no puede volver a reclamarte ni cederte a recobro.
Salida de ficheros de morosos
ASNEF, BADEXCUG y RAI eliminados con el auto judicial.
Embargo de nómina suspendido
Todos los embargos en curso se levantan con la EPI.
Protección legal vinculante
El auto es de obligado cumplimiento para todos los acreedores.
Preguntas frecuentes
1. ¿Se pueden cancelar deudas con el banco legalmente?
Sí. La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, reformada por la Ley 16/2022) permite a personas físicas insolventes — incluidos autónomos — cancelar judicialmente sus deudas con bancos, financieras y otros acreedores mediante la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
2. ¿Qué deudas bancarias se pueden cancelar?
Préstamos personales, tarjetas de crédito y revolving, líneas de descubierto, microcréditos, créditos al consumo, hipotecas (con matices sobre la vivienda habitual), préstamos coche, avales personales y deudas con financieras filiales del banco. Se cancelan tanto principal como intereses y comisiones.
3. ¿Y la hipoteca de mi vivienda?
La hipoteca es deuda con garantía real, no se exonera automáticamente. Pero la reforma de 2022 permite mantener la vivienda habitual mientras se cumple con la cuota; si no puedes pagarla, se vende y la diferencia entre el valor y la deuda pendiente sí se exonera junto al resto de deudas.
4. ¿Puedo cancelar deudas con varios bancos a la vez?
Sí. El procedimiento concursal de persona física agrupa todas tus deudas frente a todos los acreedores (bancos, financieras, Hacienda parcial, Seguridad Social parcial, comunidades, particulares). Se resuelve en un único procedimiento ante el Juzgado de lo Mercantil.
5. ¿Qué requisitos hay que cumplir?
Ser persona física insolvente (no poder hacer frente a las deudas), actuar de buena fe (no haber sido condenado por delitos económicos en los 10 años anteriores), no haber obtenido la exoneración en los últimos 2 años, y aportar la documentación económica completa.
6. ¿Cuánto tarda el proceso?
Entre 4 y 12 meses dependiendo del juzgado y la complejidad. La reforma de 2022 simplificó el procedimiento: ya no es obligatorio intentar acuerdo extrajudicial previo, por lo que se acude directamente al juzgado.
7. ¿Voy a perder mi nómina o mi coche?
La nómina hasta el SMI (1.184 €/mes en 2026) es inembargable. El vehículo necesario para trabajar también puede protegerse. Cada caso se analiza para diseñar la estrategia que proteja al máximo tu patrimonio personal.
8. ¿Cuánto cuesta cancelar deudas con un banco?
El diagnóstico es gratuito. El procedimiento completo suele oscilar entre 1.500 € y 4.500 € según despacho, complejidad y número de acreedores. La mayoría ofrece pago aplazado en cuotas durante el procedimiento.
9. ¿Aparecerá en mi historial?
El procedimiento es público en el Registro Público Concursal durante su tramitación. Tras la EPI definitiva (BEPI), pasados 5 años, desaparece. Mientras, los bancos te ven como cliente de alto riesgo, aunque cada vez más entidades trabajan con personas exoneradas.
10. ¿Puedo volver a pedir un préstamo después de cancelar mis deudas?
Sí, no hay impedimento legal. Tras la exoneración debes reconstruir tu historial: cuenta corriente activa, tarjeta de débito, ingresos estables. Con el tiempo (12-24 meses) puedes optar a financiación, aunque inicialmente con condiciones más exigentes.
11. ¿Y si el banco me sigue llamando?
Tras la EPI, cualquier reclamación de deudas exoneradas es ilegal y constituye acoso. Tienes derecho al cese inmediato y, en casos graves, a indemnización por daños al honor e intimidad. Gestionamos los requerimientos legales para frenarlo.
12. ¿Qué pasa con los avalistas?
La exoneración solo libera al deudor principal. Si tienes avalistas, ellos siguen obligados frente al banco, salvo que también ellos se acojan a la Ley de Segunda Oportunidad. Conviene analizar la situación familiar conjunta antes de iniciar el procedimiento.
Recursos relacionados
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Todo sobre el procedimiento de exoneración para personas físicas.
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